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TRAGSA. Información sobre encomiendas de gestión

RESUMEN

obra públicaUn representante de la Asociación de Empresas de Parques y Jardines (ASEJA) presentó una solicitud de información a la empresa pública TRAGSA al objeto de conocer las encomiendas de gestión realizadas por dicha entidad en distintas CCAA. El solicitante también quería conocer los importes de dichas encomiendas. En su respuesta, TRAGSA denegó dicha información al considerar que es a las entidades encomendantes a las que corresponde informar sobre las encomiendas.

Presentada reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, se resuelve que TRAGSA debe facilitar dicha información, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la LTAIBG, que obliga a publicar a las entidades sujetas a la Ley “las encomiendas de gestión que se firmen”, sin atender a la condición de encomendante o encomendado del organismo o entidad que facilite el acceso. Así, y según se afirma en la resolución, “a juicio de este Consejo de Transparencia y Buen Gobierno esta condición de medio propio y el hecho de que, por lo tanto, la encomienda sea vinculante, no es obstáculo para entender a TRAGSA como entidad encomendada y, por tanto, conocedora de todos los términos de la encomienda y, especialmente, de la información que debe publicarse en aplicación del artículo 8.1 b) antes indicado”.

Estado: en este momento ya hay sentencia firme. La sentencia del juzgado central contencioso-administrativo nº7 de Madrid anuló la resolución del Consejo de Transparencia pero este apeló ante la Audiencia Nacional, que estimó el recurso y anuló la sentencia anterior. Por tanto, TRAGSA deberá publicar la información.

Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (2446  KB)Icono pdf

Sentencia nº 117/2016 del Juzgado Central contencioso-administrativo nº7 (4719  KB)Icono pdf

Sentencia en apelación nº 16/2017 de la Sala de lo contencioso-administrativo sección 7ª de la Audiencia NacionalVentana nueva