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Recurso Contencioso Administrativo de la Corporación RTVE frente a concesión de acceso a información relativa a los gastos en el Festival de Eurovisión 2016.

RESUMEN


Un ciudadano presentó solicitud de acceso a la información dirigida a la Corporación RTVE, que tenía por objeto conocer todos los gastos en que ha incurrido RTVE por la participación de España en el concurso Eurovisión del año 2016, con detalles concretos de los gastos, excluyendo los datos de carácter personal.

CRTVE no contestó a la solicitud de acceso y el mismo ciudadano presentó Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) por haber sido denegada su solicitud por silencio administrativo. Abierto el trámite de alegaciones, la CRTVE indicaba que recibió la solicitud de acceso tres meses después de la fecha indicada por el solicitante, por lo que debería archivarse la Reclamación presentada, dado que no ha existido silencio administrativo. Asimismo, sostenía que la solicitud de acceso es repetitiva con otra anterior y abusiva, no justificada con la finalidad de la Ley.

El CTBG estimó la Reclamación presentada y consideró en su Resolución que el transcurso del tiempo de 1 mes para contestar, sin causa imputable al solicitante, debe entenderse como silencio administrativo denegatorio de la solicitud y que ésta no es repetitiva ni abusiva. No obstante, se suspende la ejecución de la Resolución hasta que se dicte Sentencia en el Recurso Contencioso Administrativo que la Corporación RTVE interpuso previamente frente a otra solicitud con el mismo contenido, referido a Eurovisión 2015.

Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno